DEFINICIÓN: Por Certificado Depósito de Ahorro a Término “CDAT” se entiende la operación pasiva por la cual un asociado deposita en FODEMCA una suma de dinero por un plazo determinado, generando al vencimiento la devolución del monto invertido más los intereses generados; a una tasa previamente acordada.
MONTO DEL CDAT: La apertura de este ahorro será por mínimo $300.000 Trescientos Mil pesos M/cte. Y máximo será el que establezca el artículo 49 de este reglamento referente a la concentración de captaciones.
PLAZO DEL CDAT: El CDAT deberá mantenerse mínimo por tres (3) meses, y un máximo de 1 año. Luego de haberse cumplido el tiempo pactado, en caso tal que el asociado no manifieste su intención de retirarlo, se renovará automáticamente a la tasa vigente en la fecha de renovación.
RENTABILIDAD: FODEMCA reconocerá por concepto de intereses,mes vencido sobre saldos mensuales liquidados y pagados con la liquidación del